POLITICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES DEL COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO

 

I. MARCO JURIDICO APLICABLE

A. Artículo 15 de la constitución política de Colombia.

ARTÍCULO 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución.

La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley.

Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley.

B. Ley estatutaria 1266 de 2008

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política, así como el derecho a la información establecido en el artículo 20 de la Constitución Política, particularmente en relación con la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.

C. Ley 1273 de 2009

Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado – denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.

D. Ley Estatutaria 1581 de 2012

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma.

E. Decreto 1377 de 2013

ARTÍCULO 1°. OBJETO. El presente Decreto tiene como objeto reglamentar parcialmente la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.

F. Decreto 886 de 2014

ARTÍCULO 1°. OBJETO. El presente decreto tiene como objeto reglamentar la información mínima que debe contener el Registro Nacional de Bases de Datos, creado por la Ley 1581 de 2012, así como los términos y condiciones bajo las cuales se deben inscribir en este los Responsables del Tratamiento.


II. APLICABILIDAD

EL COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO, propenderá por la asociación, la ética profesional, la responsabilidad, la libertad de conciencia, la transparencia y la igualdad, siendo responsable desde su actuar y guiado por sus principios, ha creado la presente Política para el Tratamiento de Datos Personales, de conformidad con las disposiciones normativas descritas anteriormente.

Como responsables del tratamiento de datos, EL COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO, velará por la seguridad y calidad en el tratamiento de la información, y la aplicabilidad de la normativa constitucional, lo establecido en las leyes, en los decretos y las demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o complementen.

El tratamiento de datos que se realice por parte del EL COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO, iniciará desde el momento en que el colegiado tanto nacional como internacional, otorgue su autorización y se implementará las finalidades expresamente informadas.

Igualmente, la aplicabilidad y el alcance del presente tratamiento de datos personales será para las personas, entidades, asociaciones, corporaciones, y empresas que pertenezcan o puedan llegar a pertenecer al COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO con los convenios internacionales y los capítulos dentro o fuera del país, las cuales directa, o indirectamente, tengan participación dentro de nuestra asociación.


III. DESTINATARIOS

La presente política de tratamiento de datos, está dirigida a nuestros:

A. Miembros colegiados

      1. Fundadores
      2. Activos
      3. Honorarios
      4. Invitados

    B. Personas, entidades, asociaciones, corporaciones y empresas que pertenezcan o puedan llegar a pertenecer con convenios internacionales y capítulos dentro o fuera del país, ya sea de forma directa o indirecta.


    IV. AUTORIZACIONES

    EL COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO solicitará la autorización de manera que el Miembro
    colegiado y/o personas, entidades, asociaciones, corporaciones y empresas que pertenezcan o puedan llegar a pertenecer con convenios internacionales y capítulos dentro o fuera del país, ya sea de forma directa o indirecta de la información otorgue su consentimiento previo, expreso e informado del tratamiento al cual son sujetos sus datos personales.

    El consentimiento del titular se podrá obtener por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta, tales como: comunicación escrita, verbal virtual o por conductas inequívocas.

    La autorización que le otorgan los titulares al COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO, permite
    entre otras cosas, la realización de las siguientes finalidades:

        1. Suministrar información de actualizaciones, conceptos, discusiones, foros jurídicos, académicos, revistas, conferencias, seminarios, simposios, folletos en Derecho Medico, Bioderecho, y el sector de la salud, tanto a nivel nacional como internacional.

        2. Invitaciones a participar como ponente y/o autor en discusiones, foros jurídicos, actividades académicas, revistas, conferencias, seminarios, simposios en Derecho Medico, Bioderecho, y el sector de la salud, tanto a nivel nacional como internacional.

        3. Recibo de conceptos elaborados por el COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO, realizado a altas cortes y jueces en asuntos jurídicos del sector salud, del derecho médico y el bioderecho.

        4. Recibo e invitaciones a participar en publicaciones de textos académicos, actividades de educación, formación, docencia e investigación en cuanto a los asuntos jurídicos del sector salud, el derecho médico y el bioderecho.

        5. Invitaciones a participar en procesos de auditoria, que sean de competencia de entidades de control, de la rama judicial, o contencioso administrativo, que sean a fin de los objetivos del colegio.

        6. Recibo de propuestas para llevar la representación legal, y defensa de los asuntos jurídicos ya sean de ámbito oneroso o gratuito del sector salud en acciones penales, civiles, administrativas o sociales, ante la administración, instituciones, jueces, altas cortes, tribunales, entidades públicas y particulares, con legitimación para ser parte en cuantos litigios y causas afecten a los derechos e intereses profesionales y a los fines del Derecho Medico.

        7. Recibo de propuestas a ser elegido como tercero imparcial dentro de procesos litigiosos, como árbitro en asuntos contenciosos relacionados con los objetivos del colegio.

        8. Recibo de propuestas a participar ante los órganos consultivos de la administración, así como en los organismos interprofesionales.

        9. Recibo de propuestas e invitación a ejercer funciones de conciliación, arbitraje y amigable composición en los asuntos que sean sometidos, así como promover o participar en instituciones de arbitraje, conciliación o de solución alternativa de conflictos.

        10. Realizar invitaciones a eventos, ofrecer descuentos y obtener información de tipo informativa del COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO. Gestionar trámites (solicitudes, quejas y reclamos).

        11. Efectuar encuestas de satisfacción respecto de los servicios ofrecidos por el personal del COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO, como responsable del tratamiento.

        12. Contactar al miembro colegiado y aprobado por la junta directiva a través de medios telefónicos para realizar encuestas, estudios y/o confirmación o actualización de datos personales necesarios para la ejecución de eventos.

        13. Contactar al miembro colegiado titular a través de medios electrónicos o chat para el envío de mensajes relacionadas con campañas de fidelización y mejora del COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO.

        14. Contactar al miembro colegiado titular a través de correo electrónico para el envío de estados de cuenta o facturas en relación con las obligaciones derivadas del cobro de cuotas de sostenimiento y/o inscripciones.

        15. Inclusión en grupos de WhatsApp y Telegram, a fines de recepcionar mensajes de difusión, y de interés para el colégio.

        16. Las demás acciones gestiones pertinentes para el desarrollo del objeto social que estén contenidas en los Estatutos, reglamentos y leyes dictados por el COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO.

      V. DURACION DEL TRATAMIENTO DE DATOS

      Los datos personales estarán sujetos a tratamiento por el COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO, durante la duración de afiliación del titular de la información, más el término que establezca la ley.

      VI. DERECHOS DEL TITULAR DE LA INFORMACIÓN

      Los titulares de la información que es objeto de tratamiento por el COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO podrán:

      A. Conocer, actualizar, rectificar, suprimir o revocar sus datos personales y ser informados del tratamiento
      que EL COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO realiza sobre los datos personales.

      B. Presentar solicitudes y reclamos relacionados con la regulación vigente en materia de Protección de Datos Personales.

      C. Solicitar revocatoria de la autorización o supresión de un dato personal en el caso de determinarse que
      EL COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO, presenta una conducta contraria a la regulación vigente. La solicitud de supresión o revocatoria no procederá cuando los titulares tengan el deber legal o
      contractual de permanecer en la base de datos de EL COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO.


      VII. DEBERES DEL COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO

      EL COLEGIO DE ABOGADOS EN DERECHO MEDICO, siendo el responsable de los datos personales
      almacenados en su base de datos, se compromete a:

      A. Garantizar al titular el pleno y efectivo ejercicio de sus derechos.

      B. Solicitar y conservar copia de la autorización otorgada por el titular o prueba de ésta.

      C. Informar al titular sobre las finalidades de la recolección, los usos de sus datos personales y sus
      derechos en razón a la autorización otorgada.

      D. Conservar la información en condiciones de seguridad para prevenir su adulteración, pérdida,
      consulta, uso o acceso no autorizado.

      E. Garantizar que la información suministrada a terceros o encargados del tratamiento sea veraz,
      completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.

      F. Actualizar la información que tenga algún tercero o encargado, respecto de todas las novedades en
      relación con los datos suministrados y adoptar las medidas necesarias para que la información esté
      actualizada.

      G. Rectificar la información cuando tome conocimiento de que es incorrecta.

      H. Darle trámite a las consultas y reclamos formulados de conformidad con lo previsto en la presente
      Política y en la ley.

      I. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los titulares.


      VIII. VIGENCIA DE LA POLITICA DE TRATAMIENTO DE DATOS

      La presente Política de Tratamiento de Datos Personales empieza a regir a partir de la fecha de su publicación.
      Vigencia: 02-05-2020